Estos son los 12 servicios principales del despacho en materia de obra nueva en España. Cada uno tiene su régimen jurídico propio, sus plazos y su procedimiento. Si no encuentras el tuyo, escríbenos: lo valoramos.
Régimen LOE arts. 17-19. Plazos 1, 3 o 10 años según el tipo de defecto.
Ver área →Daños estructurales. 10 años de garantía con seguro decenal obligatorio.
Ver área →Resolución, devolución de cantidades con intereses, daños y perjuicios.
Ver área →Recuperación de la señal entregada. Aval bancario o seguro obligatorio.
Ver área →Acción de nulidad de cláusulas (RDLeg 1/2007). Indemnización por gastos pagados.
Ver área →Acta de entrega, reservas, lista de repasos, retención de cantidades.
Ver área →Materiales o acabados que no coinciden con la memoria firmada.
Ver área →Cómo forzar a la promotora a obtenerla. Riesgos si falta.
Ver área →Defensa de la comunidad de propietarios frente a la promotora.
Ver área →Activar el aval o seguro (Ley 20/2015) si la promotora no cumple o quiebra.
Ver área →Reducción proporcional del precio o resolución del contrato.
Ver área →De la reserva al post-venta. Antes de firmar, durante la obra, en la entrega y los 10 años de garantía LOE.
Ver área →Qué pasa si cancelas tú (arras, daños) o si cancelas por incumplimiento de la promotora (devolución íntegra).
Ver área →Activación del aval / seguro de caución por Ley 20/2015. Acción directa contra el banco depositario.
Ver área →LOE + comerciales + RDLeg 1/2007 + fabricantes. Saber cuál aplica determina cuánto puedes reclamar.
Ver área →Antes de firmar reserva o escritura. Auditoría completa con report.
Ver área →Escríbenos y lo valoramos. Si no es nuestra materia, te recomendamos a quién acudir.