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🪨 Cambios de calidades · memoria firmada

Abogado para temas de cambio unilateral de calidades en obra nueva

La memoria de calidades firmada al inicio del contrato es vinculante. La promotora no puede sustituir materiales, marcas o acabados por otros distintos, ni siquiera 'similares' o 'equivalentes', sin acuerdo expreso del comprador. La doctrina más reciente (STS varias) considera el cambio unilateral como incumplimiento sustancial.

Qué es la memoria de calidades

Documento técnico que detalla los materiales, marcas y acabados que se utilizarán en la vivienda: pavimentos, sanitarios, grifería, carpintería interior y exterior, electrodomésticos (si los hay), aislamientos, climatización, mobiliario de cocina, instalaciones, etc.

Suele anexarse al contrato privado y debe ser detallada. Las menciones vagas ('material cerámico de gama media') juegan a favor del promotor y deben rechazarse en revisión previa.

Cuándo es lícito el cambio

La carga de la prueba de la justificación recae en el promotor.

Cuándo es ilícito y qué pedir

Si el cambio es unilateral y a peor, el comprador puede:

Pericial técnica

Para acreditar la diferencia es imprescindible una pericial técnica que mida:

Casos típicos

Preguntas frecuentes

¿Y si el contrato dice 'materiales de calidad equivalente'?

Esa cláusula suele ser abusiva (autorización genérica para modificar). Sigue siendo exigible la calidad pactada concretamente.

¿Cuánto puedo reclamar?

La diferencia económica de mercado del material entregado vs. pactado, más el lucro cesante por pérdida de valor de la vivienda. Lo cuantifica la pericial.

¿Se puede resolver el contrato?

Sí, si la diferencia es sustancial. En la práctica suele preferirse la reclamación dineraria.

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